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Separación de mutuo acuerdo
Requisitos
Para
poder solicitar la Separación Matrimonial de Mutuo Acuerdo
debe haber transcurrido, como mínimo, un año desde
la fecha de celebración del matrimonio, sea civil o canónico.
El estado civil de los cónyuges a partir de la separación
es separado , esto es, no podrá volver a contraer matrimonio
hasta que obtengan el Divorcio. Para poder solicitar el Divorcio
de Mutuo Acuerdo ha de transcurrir un año desde la Separación.
Igualmente nosotros podemos tramitarlo siempre que sea de mutuo
acuerdo.
Procedimiento
El
procedimiento consta de tres fases:
1ª
Preparación de la demanda. Son necesarios la aportación
de los siguientes documentos que deberán ser enviados a la
dirección del abogado:
-Certificación
del matrimonio y del nacimiento de los hijos. Deberá
acudir al Registro Civil de su localidad y solicitarlo.Ahora
este trámite lo realiza el Procurador, que solicitará
dicha documentación, una vez nos facilite ciertos datos,
que puede incluir en la sección Como
Funciona.
-
Propuesta de Convenio Regulador. El abogado lo realizará,
se pondrá en contacto con las partes para que ambos estén
de acuerdo, los puntos más conflictivos son la aprobación
de la pensión para el hijo y el cónyuge, las visitas
y el reparto de los bienes. Una vez redactado lo enviará
por correo a la pareja para que lo firme y lo envíe de nuevo
al abogado.
-
Poder general para pleitos otorgado al Procurador del procedimiento.
Debe acudir a un notario y el precio ronda los 30 euros. Para realizarlo
deberá conocer el nombre del Procurador que le asistirá.
2ª
Presentación de la demanda. La realiza el Procurador con
todos los documentos aportados.
3ª
Ratificación, ambos cónyuges el día que se
les cite acudirán al Juzgado acompañados del Procurador
para ratificar su decisión de separarse.
En
unos días se dictará SENTENCIA por la que se acuerde
la separación y se apruebe el Convenio Regulador, de no existir
algún error en el mismo.
Dudas
El
régimen económico familiar que rige en España,
a falta de otro pacto diferente, es el de Gananciales. Es decir,
la totalidad de bienes adquiridos y deudas contraídas por
los cónyuges desde la celebración del matrimonio pertenecen
a los dos al 50 %. En la Separación puede procederse a disolver
esa sociedad conyugal, repartiendo bienes y deudas, o dejarlo para
un momento posterior si existe algún impedimento o es tal
la voluntad de los esposos.
Si
la firma del Convenio no se realiza, por discrepar en alguna o algunas
de las cuestiones, y la separación ha de ser contenciosa,
deberán contratar los servicios de un abogado tradicional,
y abonar las actuaciones realizadas por este gabinete.
Todas
las separaciones y divorcios son tramitadas por D. Antonio Cidoncha
Mellado , letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz
nº 3.083, con despacho sito en la C/ Alfonso XI nº 18 Ent.
G. C.P. 11.201 Algeciras, Cádiz .
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